DIA INTERNACIONAL CONTRA LA VIOLENCIA DE GENERO

Cómo actuar en caso de malos tratos

La violencia de género consiste en insultos, humillaciones, actos de control sobre el dinero, ropa, amistades, relaciones familiares, aislamiento social, amenazas, agresiones físicas o sexuales
  • 1Llama a teléfonos de asistencia y emergencia.
    Tanto si eres víctima de maltrato como si conoces un caso cercano de violencia de género puedes ponerte en contacto con el teléfono gratuito 016. Funciona las 24 horas del día los 365 días del año y no deja rastro en la factura del teléfono. Nadie sabrá que has llamado, es absolutamente confidencial.
    En el 016 recibirás atención profesional. Te informarán de qué hacer en caso de maltrato y en caso de emergencia te derivarán directamente al 112. Recibirás información sobre los recursos y los derechos que tienes en materia de empleo, servicios sociales, ayudas económicas, recursos de información, de asistencia y de acogida.
    Si tienes una discapacidad auditiva puedes llamar al 900 116 016.

  • 2Acude al hospital o centro de salud más cercano.
    Lo primero es acudir a tu centro de salud u hospital para que te hagan un reconocimiento médico completo. Si no puedes acudir por tu propio pie, llama al servicio de Emergencias (112) para que vayan a donde estés. Si has sufrido una agresión sexual, coméntalo y pide una revisión específica. Es muy importante que pidas el parte de lesiones. Y no olvides que las lesiones pueden ser tanto físicas como psicológicas.
    Sería muy recomendable que además busques asesoramiento en una asociación de mujeres especializada, en un centro de atención a la mujer de tu localidad, o en un centro de servicios sociales.

  • 3Si corres peligro, sal de tu casa.
    Puedes abandonar el domicilio familiar sin perder derechos, siempre que en un plazo de 30 días interpongas una denuncia o una demanda de separación.
    Si puedes, debes llevar contigo el DNI y la cartilla de la Seguridad Social, el libro de familia, libretas de ahorro y tarjetas de crédito, llaves, contrato de arrendamiento del piso o escrituras de propiedad del mismo, permiso de trabajo si no tienes nacionalidad española, certificados médicos y agenda de direcciones y teléfonos. Por supuesto, si tienes hijos, llévatelos contigo. Su seguridad es prioritaria.
    Si tienes miedo de regresar a por tus cosas llama a la Policía o  los Mossos para que te acompañen.

  • 4Presenta una denuncia.
    También puedes presentar una denuncia en el Juzgado de Violencia sobre la Mujer, comisaría de Policía o los Mossos
    Cuando detalles la violencia que has sufrido por parte de tu marido, compañero o novio, ex marido, ex compañero o ex novio, cuenta todos los episodios de violencia que hayas vivido, cita a las personas que hayan sido testigos directos de la misma e identifica correctamente a tu agresor.
    Tendrás derecho a un abogado/a desde el momento en que interpongas la denuncia.
    Si has sufrido maltrato en otras ocasiones es importante que lo expliques, que digas si entonces pusiste denuncia o no. Es también vital que comentes si tú y tus hijos estáis en una situación de riesgo. Antes de firmar la denuncia léela atentamente y pide copia. Puedes pedir o solicitar información sobre la orden de protección.

  • 5Solicita una orden de protección.
    Puedes solicitar una orden de protección en tu centro de servicios sociales, el Juzgado de Violencia sobre la Mujer, la Fiscalía contra la Violencia sobre la Mujer, la comisaría de Policía o en los Mossos.
    Una vez solicitada, el juez recibe a la mujer y al agresor por separado y, en un máximo de 72 horas, decide si es necesario adoptar alguna medida. Las medidas pueden ser:
    - Medidas civiles. Se refieren al uso y disfrute de la vivienda, al régimen de custodia, visitas y comunicación con los hijos, a la prestación de alimentos y a la protección de los menores. Tienen una duración de 30 días y hay que solicitarlas expresamente.
    - Medidas penales. Están destinadas a evitar que el agresor pueda ponerse en contacto contigo y eludir así nuevas agresiones. Entre ellas, está la prisión provisional, la orden de alejamiento, la prohibición de comunicación, la prohibición de residir o acudir al lugar del delito o residencia de la víctima y la retirada de armas y otros objetos peligrosos.
    -Medidas de asistencia y protección social. Son servicios como los alojamientos de emergencia, las ayudas económicas, atención psicológica, asesoramiento jurídico, etc.
    La orden de protección puede solicitarse ante el juez, el fiscal, ante la policía o los mossos, en las oficinas de atención a las víctimas, en los servicios sociales , el safraeig 

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